Se diseñó para proporcionar pautas que permitan a la organización analizar e identificar sus necesidades de formación del personal, diseño de procesos y productos, planificación, generar información, evaluar resultados y hacer seguimiento.
Puede definirse como guía o directriz para la capacitación y la formación del personal. Lo anterior permite mejorar el proceso de formación para lograr objetivos de la organización.
La norma ISO 10015 apoya al cumplimiento de la Norma 9001:2018 exquisito 7.2 relativo a la competencia. Este requisito enuncia que la empresa:
determinar la competencia necesaria de las personas que realizan, bajo su control, un trabajo que afecta al desempeño y eficacia del sistema de gestión de la calidad;
asegurarse de que estas personas sean competentes, basándose en la educación, formación o experiencia apropiadas;
cuando sea aplicable, tomar acciones para adquirir la competencia necesaria y evaluar la eficacia de las acciones tomadas;
d) conservar la información documentada apropiada como evidencia de la competencia.
SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El 31 de enero de 2017 las empresas públicas y privadas en Colombia, tendrán que implementar de forma obligatoria el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
El período de transición para la micro, pequeña, mediana y gran empresa, quedo unificado a 31 de Enero de 2017 El Decreto 171 del 1° de febrero de 2016, busca facilitar a las empresas públicas y privadas, la sustitución del programa de Salud Ocupacional por el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
El nuevo Sistema fue creado por medio del Decreto 1443 de 2014, hoy Decreto único 1072 de 2015, antes conocido como Programa de Salud Ocupacional (Resolución 1016 de 1989), busca identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles, mediante la mejora continua en las empresas y cumplir con la normatividad en materia de riesgos laborales.
Su razón es prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo a las que puedan estar expuestos los empleados, reduciendo al mínimo los accidentes y enfermedades laborales que se puedan presentar.
La implementación del SG-SST debe ser liderada por el Empleador con la participación de los Trabajadores para lograr la aplicación de las medidas de prevención y control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar que laboran.
Las empresas que no cumplan con la implementación del Sistema al 31 de enero de 2017 serán sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de reincidencia de tales conductas o por incumplimiento de los correctivos que deban adoptarse, se podrá suspender actividades hasta por un término de 120 días o el cierre definitivo de la empresa.
El Decreto 1443 de 2014 tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos, sus centros de trabajo y todos sus trabajadores, independiente de su forma de, contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas. Esta política debe ser comunicada al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda.
Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (Con base en el Decreto 1443 de 2014) en la empresa, el empleador tiene entre otras, las siguientes obligaciones:
Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud: En el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la’ empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.
Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo – SST a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección.
Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada.
Definición de Recursos: Debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en. la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.
Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la. normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012;
Gestión de los Peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones.
Plan de Trabajo Anual en SST: Debe diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.
Prevención y Promoción de Riesgos Laborales: El empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, de conformidad con la normatividad vigente.
Participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable. Así mismo, el empleador debe informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el Comité Paritario o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del Sistema de Gestión de Seguridad de la Salud en el Trabajo SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de éstos para el mejoramiento del SG-SST. El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación’ y, valoración de riesgos relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas.
Dirección de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Las Empresas: Debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, entre otras:
Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación
Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y lbs resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y
Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el’ Trabajo SG-SST
Integración: El empleador debe involucrar los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa. Parágrafo. Por su importancia, el empleador debe identificar la normatividad nacional aplicable del Sistema General de Riesgos Laborales, la cual debe quedar plasmada en una matriz legal que debe actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables a la empresa.
Antecedentes del decreto 1072 de 2015
Los programas de salud ocupacional son uno de los grandes logros de los trabajadores. En Colombia vienen implementándose formalmente desde finales de los años setenta, cuando la Ley 9 de 1979 dedicó el Título III al particular. Progresivamente fueron ampliándose las normas y procedimientos hasta llegar al Decreto 1295 de 1994, por el cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP.
El objetivo general del SGRP es la promoción de la seguridad y la salud. Fundamentalmente busca prevenir riesgos en el trabajo, para evitar accidentes y enfermedades laborales. Constituye un amplio campo de estudio y de acción, que en los últimos veinte años ha venido adquiriendo rigor profesional. Son muchos los médicos, psicólogos, ingenieros, abogados, y administradores—principalmente— que se han especializado en esta rama, recientemente denominada HSEQ (Salud, Seguridad, Ambiente y Calidad, por sus siglas en inglés).
Para actualizar la normativa colombiana, se expidió la Ley 1562 de 2012, cuyo principal aporte consistió en reemplazar el Programa de Salud Ocupacional, por el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo -SGSST. La reglamentación de esta ley llegó dos años después, con el Decreto 1443 de 2014, el que constituye un manual para implementar el SG-SST en todas las organizaciones.
Posteriormente, en el año 2015, el gobierno nacional unificó todas las normas laborales en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Todo el contenido del decreto 1443 de 2014 quedó unificado en el Libro 2, parte 2, título 4, capítulo 6 del decreto 1072 de 2015.
Implementación del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST El nuevo modelo está relacionado coherente con la norma ILO-OSH, 2001, de la International Labour Organization (Organización Internacional del Trabajo -OIT). De ahí que el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo forme parte del Sistema de Gestión de la organización y esté inspirado en el ciclo PHVA; por eso se implementa como un proceso lógico por etapas, que permite el mejoramiento continuo. Su objetivo es: Anticipar, Reconocer, Evaluar y Controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo
POLÍTICA
Formalizar por escrito el compromiso del empleador o contratante con la seguridad y la salud en el trabajo.
Definir su alcance y abarcar a toda la organización (todos los centros de trabajo y todos los trabajadores incluyendo contratistas y subcontratistas).
ORGANIZACIÓN
Definir las obligaciones del empleador y de la ARL.
Definir las responsabilidades del trabajador.
Conformar el Comité Paritario de SST en organizaciones con más de 10 trabajadores, o asignar un Vigía en SST en las empresas con menor número de empleados.
Capacitar, documentar y comunicar. Realizar capacitaciones.
PLANIFICACIÓN
Identificar los peligros y valorar el riesgo (en todos los procesos, actividades internas o externas, máquinas y equipos).
Realizar la evaluación inicial para establecer el plan de trabajo anual o para actualizar el ya existente.
Formular los objetivos e indicadores del sistema, e indicadores que evalúan el sistema.
APLICACIÓN
Eliminar o sustituir los peligros. Diseñar las medidas de control técnico y administrativo. Seleccionar los equipos y elementos de protección.
Implementar y mantener las disposiciones de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.
Definir el procedimiento para evaluar el impacto de los cambios internos (por ejemplo, el cambio en las instalaciones) o externos (por ejemplo, el cambio en la legislación) sobre la SST.
Verificar que los proveedores y todos los tipos de trabajadores cumplan las normas SST adoptadas en la organización.
AUDITORIA
Evaluar anualmente el cumplimiento de la política, el resultado de los indicadores, la participación de los trabajadores, los mecanismos de comunicación, la aplicación del sistema en la organización (incluyendo proveedores y contratistas), y la investigación de incidentes, accidentes y enfermedades labores, entre otros.
La alta dirección debe revisar anualmente el sistema, con base en las modificaciones de los procesos, resultados de las auditorías y otros informes.
MEJORAMIENTO
Implementar acciones preventivas y correctivas.
Mejorar continuamente con base en las recomendaciones presentadas por los trabajadores, los cambios en la legislación y los resultados de la auditoría, la revisión y los programas de promoción y prevención.
El SG-SST es consecuente con el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, adoptado en 2004 por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante Decisión 584 de la CAN. Este acuerdo se inscribe en el proyecto de región supranacional; para implementarlo, es importante homogeneizar las condiciones laborales. Se trata, en últimas, de una estrategia de fomento para propiciar la cohesión económica, mediante empresas multinacionales y mercados de nivel regional.
No se debe pasar por alto el carácter eminentemente práctico de todo este sistema de gestión: su fin último es evitar que los accidentes e incidentes, por fallas en la prevención de riesgos, afecten el buen desempeño de la empresa; es decir, la producción o la prestación continua y eficiente de servicios, así como los estados financieros y la situación legal. Sin embargo, las bondades de este sistema no benefician solamente al empleador. Los trabajadores ven mejoradas sus condiciones laborales, en la medida en que pueden desempeñarse en ambientes de trabajo que protegen su integridad.
Obligaciones de las empresas en Seguridad y Salud en el Trabajo Puesto que los procedimientos en materia de SST son más exigentes y minuciosos cada vez, el Decreto 1072 de 2015 en su capítulo 6 puntualiza dos aspectos importantísimos para que la organización no incurra en problemas jurídicos y fiscales por negligencia. El primero de ellos es que el empleador debe cerciorarse que sus proveedores y contratistas tengan un SG-SST que se ajuste a la normativa; el segundo, que se deben guardar los registros de todo el quehacer del sistema, para soportar documentalmente la existencia y resultados del mismo. Con estos insumos se puede demostrar que los eventuales accidentes ocurren como casos fortuitos y no por negligencia del empleador. De otro modo, el empleador tiene que hacerse cargo del pago correspondiente.
Para efectos del capítulo 6 del Decreto 1072 de 2015 (antes decreto 1443 de 2014), la organización o empresa se entiende como la suma de todos los centros de trabajo, todos los tipos de trabajadores e incluso todos los proveedores que estén adscritos. Por su parte, un centro de trabajo “es toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada”. Y la condición de trabajador se mantiene, independientemente de la forma de contratación; por lo tanto, incluye trabajadores dependientes, cooperados, en misión, contratistas y subcontratistas.
Ningún empleador público o privado está exento de aplicar las directrices para la implementación del SG-SST. Este principio también aplica para empleadores de las empresas de servicios temporales (por ejemplo, consorcios para un proyecto), organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, y los contratantes de personal en modalidad civil, administrativo o comercial. Contrariar lo anterior es causal de sanciones económicas o de cierre temporal o definitivo de la empresa, o una de sus áreas. Las sanciones pecuniarias pueden llegar hasta los 500 SMLMV
Habilitación en Salud
Sistema Obligatorio de Garantía de la calidad en Salud
Habilitación – PAMEC – Sistema de Información
Acreditación en salud
Sistemas de Gestión para Certificación con ISO en:
Calidad – Medio Ambiente – Seguridad y Salud Ocupacional – Seguridad Alimentaria – Seguridad de la Información
Consultaría de Negocios
Evaluación y Diagnóstico, Estado de la empresa para rediseño de procesos administrativos
Estados Financieros y Valoración de Empresas
Capacitación de Personal
Diplomados, Seminarios y cursos a la medida
Gestión de la Calidad, Seguridad y Salud Ocupacional, Medio Ambiente
Auditorias
Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, contables y Financieras
Marketing Gerencial y Empresarial
Estudios de Mercado – Análisis e implementación del MIX de marketing, Gerencia y administración de Ventas
Merchandising – Promoción
Manejo de las técnicas comerciales que permiten presentar al comprador (potencial) el producto o servicio en las mejores condiciones materiales y psicológicas.
Valoración de activos
Consiste en la recolección de información de inventarios, extraída de la cuenta contable “Propiedad, Planta y Equipo” para confrontar Normas Locales de Registro Anterior (Decreto 2649 de 1993) e internacionales NIIF (Ley 1314 de 2009 Colombia) para PYMES o NIFF plenas.
Sistema de Remuneración de Personal
Diseño de Curvas Salariales y de Remuneración por Méritos; Métodos de Compensación; Estructura de Cargos
Sistema HACCP para Seguridad Alimentaria
Diseñado para ser implementado en cualquier segmento de la industria de alimentos desde el cultivo, la cosecha, transformación y/o elaboración y distribución de alimentos para el consumo.
Sistema de Control para Gestión Administrativa
Conjunto de acciones que permiten interrelacionar los elementos los elementos de un sistema de gestión, con el fin de dirigir las organizaciones